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A la fecha se han registrado 2,549 mejoras en los procedimientos en 14 ministerios y 15 OPD SGP e Indecopi deben pronunciarse sobre racionalidad y legalidad de los nuevos procedimientos.-La Cámara de Comercio de Lima solicitó a la Secretaría de Gestión Pública (SGP) de la Presidencia del Consejo de Ministros, que cumpla con lo establecido en la Ley del Silencio Administrativo y publique en su portal electrónico los cambios efectuados en los procedimientos de todas las entidades públicas, tanto nacionales, regionales como municipales.
El gremio empresarial afirmó que la SGP de la PCM debe publicar la relación de aquellas instituciones que se mantienen al margen de la ley y no se adecuan a la Ley del Silencio Administrativo, norma, que entra en vigencia a partir de mañana, viernes 4 de enero. “Es muy positivo para la modernización del Estado peruano que, a la fecha, entre 14 ministerios y 15 Organismos Públicos Descentralizados (OPD) se hayan mejorado 2,549 procedimientos. Sin embargo, aún existen dos ministerios (Interior y Educación) y más de 20 OPD; así como diversas instituciones que aún no se alinean a las disposiciones de la norma”, advirtió la CCL. Indicó que falta conocer las mejoras que han efectuado los gobiernos regionales y municipales, que hasta el 03 de enero tuvieron plazo para justificar y sustentar cada uno de sus procedimientos administrativos. Incumplimiento El gremio empresarial señaló que todas las entidades del Estado que al 03 de enero no hayan cumplido con justificar sus procedimientos o hayan emitido información incompleta, serán requeridas por la SGP de la PCM para que en un plazo de 15 días calendario regularicen su situación. “De no corregir esa situación, aquellas entidades no podrán exigir requisitos, pagos y todos sus procedimientos estarán sujetos a silencio administrativo positivo; es decir, vencidos los 30 días, los trámites se darán por aprobados en forma ficta”, anotó la CCL. Avances importantes El gremio empresarial recordó que mañana, viernes 4 de enero, entra en vigencia la referida norma, mediante la cual, a la fecha, aproximadamente 400 trámites en 14 ministerios y 15 Organismos Públicos Descentralizados (OPD), se darán por aprobados mediante la aplicación del silencio administrativo positivo. La CCL precisó que con esta medida, un trámite será aprobado automáticamente una vez pasados los 30 días y la institución aún no se ha pronunciado. Las solicitudes se aprobarán así sean de personas naturales o jurídicas. Validando la aprobación La persona o empresa que realice un trámite y quiera acogerse la Ley del Silencio Administrativo deberá presentar el “Formato de Declaración Jurada de Silencio Administrativo Positivo” a la misma entidad donde inició el trámite, dejando constancia de la aprobación ficta (automática) de su solicitud. La referida declaración jurada también será presentada cuando el procedimiento no ha sido resuelto a pesar que está sujeto a aprobación automática, precisa la CCL. Responsabilidad En la declaración jurada para la aprobación ficta, el administrado manifestará que la información y documentación que adjuntó a su solicitud es verdadera y cumple con los requisitos exigidos, caso contrario, el acto administrativo será nulo de pleno derecho, estando obligado a las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de ley. La Cámara de Comercio de Lima advierte que la Ley del Silencio Administrativo por inacción del burócrata no constituye “un cheque en blanco” para el administrado, pues, además de estar sujeto a fiscalización posterior, el que realiza los trámites presentando información falsa o adulterada deberá de asumir las responsabilidades de ley. Para la Cámara de Comercio de Lima, la Ley de Silencio Administrativo es una herramienta muy útil para la simplificación administrativa y la modernización del Estado. La CCL recordó que las barreras burocráticas representan el 11% de los sobrecostos de la economía peruana. “Sin barreras burocráticas, el Perú añadiría hasta tres puntos porcentuales al crecimiento del PBI anual”, puntualizó. |