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CAMBIOS A LEY DE TRABAJADOR PORTUARIO AFECTARÁ A 80% DE EXPORTACIONES
Escrito por Prensa ADEX   
miércoles, 04 de junio de 2008
  • ADEX en contra de modificar Legislación
  • Negociación por rma y creación de nuevas especialidades de trabajo portuario, son algunas de las imperfecciones del dictamen.
  • Se busca el retorno de la Comisión Controladora, que impedirá a los empleadores el ejercicio de sus derechos a la libre contratación y libre empresa, obligándolas a nombrar personal no necesariamente idóneo.

Martes, 03 de Junio.- La Comisión de Trabajo del Congreso de la República volvió a hacer noticia otra vez al volcar su mirada al sector exportador y aprobar el dictamen que modifica la Ley del Trabajador Portuario, la cual,  de ser aprobada por el Pleno y finalmente promulgada, perjudicará a quienes despachan sus productos a través de los puertos, que es el 80% del total,  generándoles sobrecostos y haciendo la oferta exportable peruana menos competitiva, estimó el Defensor del Exportador de la Asociación de Exportadores (ADEX), Juan Carlos León Siles.

Señaló que aunque las críticas a la decisión de ese grupo de trabajo se centraron en la imposición forzosa de la negociación colectiva por rama en los contratos que se celebren por periodos menores a un año –como venían reclamando los estibadores–, existen claros indicios de que muchas de las modificaciones resultarían perjudiciales para la actividad exportadora. 

“Para empezar, el artículo de negociación por ramas adolece de múltiples imperfecciones y de vicios de inconstitucionalidad, porque desde su creación, las empresas de Estiba y Desestiba negociaban, a nivel de empresa, con sus propios trabajadores; pero ahora se pretende poner fin a estos acuerdos e irrumpir políticamente en una materia que se negocia por acuerdo de partes, infringiendo con ello los artículos 2º (inciso 14º) y 62º de la Constitución del Estado, además de desnaturalizar el modelo de negociación colectiva establecido por  la  Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo”, sostuvo.

Sobre ese mismo punto, pidió tomar en cuenta la posición del Ministerio de Trabajo que ya se pronunció en contra de la imposición forzosa de la negociación colectiva por rama de actividad, argumentando que “una intervención estatal de tal intensidad colisiona con el contenido esencial de la autonomía colectiva y es incompatible con la regulación internacional sobre la materia” (Oficio Nº 157-2007-MTPE/1, e Informe  Nº 002-2007-MTPE/5).

Las otras ‘perlas’ del dictamen

Respecto a las otras modificaciones a la Ley del Trabajador Portuario, León Siles indicó que resulta contraproducente ampliar de forma genérica y confusa la definición de trabajo portuario de estiba, como sucede en el Artículo 2 del proyecto en mención.

Respecto a la creación de nuevas especialidades del trabajo portuario, así como una supuesta cuadrilla única, con el fin de incrementar artificialmente el empleo de mano de obra portuaria (Art. 3º), el titular de ADEX afirmó que debido a que las especialidades necesarias para cada labor de estiba y desestiba dependen del tipo de carga y del equipamiento a utilizar para estas labores, resulta imposible que todas las faenas requieran siempre de las mismas especialidades y de la misma cantidad de trabajadores.

“Pese a que la Ley vigente establece especialidades que en la actualidad no son necesarias, el dictamen aprobado no intenta solucionar ese problema, sino que todo lo contrario, lo agrava al mantener las especialidades superfluas y creando ‘nuevas’ especialidades que quedaron desfasadas y que fueron eliminadas por la Ley”, añadió.

Otras observaciones

Por otro lado, el Defensor del Exportador de ADEX criticó el hecho de que se limite el registro de trabajadores portuarios a criterio de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), según establece el nuevo Art. 6º. “Con esta modificación no solo se infringe la Constitución sino que también se impone una barrera para el acceso de nuevos trabajadores a estas actividades”, dijo.

Sobre al Art. 2º del proyecto, denunció que da el marco legal para retornar a la nefasta Comisión Controladora, impidiendo a los empleadores el ejercicio de sus derechos a la libre contratación y libre empresa, obligándolas a nombrar personal que no cumple con las condiciones adecuadas para la realización eficiente y eficaz del trabajo portuario. 

Con ello, refirió, el empleador portuario no podrá elegir a quien contratar y quedaría condenado a quien el Registro, la suerte y el azar decidan. “Las empresas no podrán seleccionar a quienes reúnan las características idóneas para el cumplimiento de labores portuarias, que pasan por un creciente grado de especialización”, indicó.

Es más, recordó que un sistema de contratación ya se aplicó en el Perú años atrás y fracasó al generar corrupción e ineficiencia (venta de turnos, subcontratación, ineficiencia impune al tener el puesto de trabajo asegurado), por lo que reimplantar el Sistema de Contratación Rotativa nos llevaría al retroceso de nuestros puertos a los niveles de ineficiencia e inoperancia que imperaron desde hace más de 20 años. En ese sentido, León Siles reiteró su pedido de reconsideración de los cambios aprobados por la Comisión de Trabajo.

El dato

  • La Defensoría del Exportador de ADEX está enfocada a solucionar los problemas que se le puedan presentar a los exportadores en sus gestiones y trámites ante las diversas entidades públicas y privadas vinculadas al comercio exterior, con la finalidad de que los procedimientos administrativos sean transparentes y eficientes.
  • También evalúa periódicamente el cumplimiento de la eficiencia, la simplificación y el perfeccionamiento en la prestación de los servicios por parte de las entidades públicas y privadas.
 
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