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Basado en la intangibilidad de los derechos fundamentales y en la defensa de la judicatura que asienta su legitimidad institucional, el Primer Juzgado Especializada en lo Civil de la Corte de Cajamarca, que preside el Juez Percy Horna León, declaró fundada la medida cautelar, que ordena reincorporar a Lincy Rebaza Nuñez a la escuela de suboficiales de la Policía Nacional (PNP), institución de la que había sido expulsada por haber quedado embarazada durante la época de estudios.
La medida deberá ser acatada con prontitud por las autoridades policiales una vez que la alumna se encuentre en condiciones óptimas para reiniciar sus estudios; es decir después del embarazo. Sin duda el tema en Cajamarca ha causado polémica, y posiciones encontradas entre sectores de la Policía, y parte de la población, grupos de defensa de los derechos fundamentales y de la mujer. Mientras los primeros se preocupan por el precedente que instaura el Poder Judicial en esta ciudad, y por la repercusión práctica que tendrá la misma dentro de su institución, los segundos han celebrado la emisión de la misma como gesto positivo y simbólico del sistema judicial en pro de la igualdad de los derechos de las personas y especialmente de la mujer. martes, en el informe oral, el Defensor del Pueblo, Agustín Moreno presentó ante el Juez un escrito de AMICUS CURIAE, donde se fundamentó que con la separación de la estudiante se han vulnerado sus derechos; como a la igualdad del acceso a la función pública, derechos sexuales y reproductivos y sobre todo que se afectado el derecho a la educación; porque la obligación del Estado es proteger y grarantizar los derechos fundamentales de la persona, indicó el defensor. Horna León, dispuso la suspensión de la Resolución del Consejo de Disciplina N° 011 – 2008 - ETS – PNP de fecha 9 de abril del presente año, emitida por este organismo que sanciona a la alumna PNP Lince Rebaza Nuñez con separación definitiva, por haberse encontrado en estado grávido y ordenó que se mantenga a la menor como alumna del primer año de la Escuela Superior Técnica PNP Cajamarca. En la citada resolución judicial, se ha sustentado, entre otros, la convención que define a la discriminación sexual como toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado anular o menos cabar el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en toda la esfera de la actividad humana. |